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Régimen de donatarias autorizadas y declaración de transparencia

  • despachocmc
  • 17 mar 2015
  • 2 Min. de lectura

Conforme el artículo 82, fracción VI, de la Ley de Impuesto sobre la Renta una de las obligaciones que deberán cumplir las donatarias para conservar la autorización para recibir donativos deducibles para efectos del ISR es la denominada "información para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación", mejor conocida como "declaración de transparencia", lo cual encuentra su soporte en la regla 3.10.14 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015.


Se entiende por obligación de transparencia la presentación de la información relativa al patrimonio total (activo, pasivo y capital) ingresos del ejercicio, estado de egresos, actividades y estados financieros de las donatarias autorizadas.


El SAT podrá revocar o no las autorizaciones para recibir donativos deducibles a las entidades que incumplan los requisitos o las obligaciones que en su carácter de donatarias autorizadas deban cumplir conforme a las disposiciones fiscales, mediante resolución notificada personalmente.


La organización civil o fideicomiso puede solicitar, nuevamente, autorización para recibir donativos deducibles a partir del día siguiente de la publicación de la pérdida de vigencia de la autorización, que se da a conocer en el Anexo 14 de la RMF correspondiente.


La información para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación se presenta a través de la página de Internet del SAT, en el programa electrónico "Transparencia de las Donatarias Autorizadas", utilizando para tal efecto la firma electrónica avanzada vigente, en los meses de agosto y septiembre de cada año, respecto del ejercicio inmediato anterior.


El 6 de marzo de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera Modificación al anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015, en el que se incluye la ficha de trámite 19/ISR inherente a la declaración de transparencia.

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