Casos de enfermedad no profesional para el IMSS
- despachocmc
- 13 abr 2015
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El artículo 91 de la Ley del Seguro Social establece que en caso de enfermedad no profesional, el Instituto otorgará al asegurado la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria, desde el comienzo de la enfermedad y durante el plazo de 52 semanas para el mismo padecimiento. No se requiere que previamente tenga ciertas semanas de cotización para tener derecho a las prestaciones en especie.
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